AUTÓNOMOS

¿Qué es el régimen especial de trabajo autónomo?

Al entrar en el mundo profesional, es necesario cumplir con varias obligaciones, entre ellas, tributar por los ingresos ante Hacienda y cotizar a la Seguridad Social para tener derecho a prestaciones y colaborar en el mantenimiento del sistema.

Mientras que los trabajadores por cuenta ajena son dados de alta y cotizan en el Régimen General, los trabajadores por cuenta propia lo hacen en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos es aquel en el que deben de estar dadas de alta todas aquellas personas que realicen de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, y siempre que el desempeño de esta actividad no esté sujeta a contrato de trabajo por ninguna empresa.

El trabajador autónomo es aquel que realiza una actividad laboral a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa. Esa actividad la realiza de forma independiente, y aunque recibe una remuneración, no es un salario fijo mensual.

Deben realizar sus trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones. (OM ESS/ 1 de octubre de 2018, los trabajadores autónomos 214/2018, de 1 de marzo)

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– ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO

 

– TRÍPTICO INFORMATIVO DE LA TGSS

        1. ¿Qué diferencias hay entre cada uno de ellos?
        2. ¿Cuántos tipos de autónomos existen?

Servicios y trámites online de la Tesorería

  • Vida laboral e informes

    Consulta tu informe de vida laboral, tu Número de la Seguridad Social y otros informes. Puedes obtener certificados y acceder a tus documentos.

  • Altas, bajas y modificaciones

    ¿Vas a empezar a trabajar? Aquí puedes obtener tu Número de la Seguridad Social, gestionar tu alta en el Régimen de Autónomos y dar de alta a tu empleado o empleada de hogar.

  • Consulta de pagos y deudas

    Si quieres ponerte al corriente de pago con la Seguridad Social o bien, obtener un documento que justifique esta situación o el detalle tus deudas, puedes hacerlo desde aquí.

  • Datos personales

    Aquí puedes consultar los datos que has comunicado a la Tesorería, completarlos y actualizarlos si lo necesitas.

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